Con dos multas de $7mil 500 se resuelve un proceso de dos años sobre la competencia del Itei y el IEPC

Darío Pereira.- Con dos multas por siete mil 518 pesos cada una, impuestas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al

Darío Pereira.-

El presidente del Itei, Jorge Gutiérrez Reynaga. foto: HŽéctor Jesœús Herná‡ndez

Con dos multas por siete mil 518 pesos cada una, impuestas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (Itei), terminó un proceso que inició el año pasado y que enfrascó en una disputa sobre la competencia de los órganos de transparencia en el manejo de la información electoral al Itei y el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC).
En  mayo de 2011, la unidad de transparencia del IEPC recibió una solicitud de información que requería los padrones de afiliados del PAN, PRI, PRD y PVEM; la respuesta del órgano electoral fue que estaba imposibilitado para proporcionar la información requerida ya que no figuraba en sus archivos.
Por ello, el solicitante interpuso un recurso de revisión en el sistema Infomex, lo que derivó en que en el mes de julio, el consejo del Itei resolviera que el IEPC estaba obligado a modificar su respuesta.
Decisión que  derivó en una impugnación realizada por el órgano electoral ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife), pues clamaba que con ello el Itei “se extralimitó en sus facultades decisorias”.
El Instituto de Transparencia defendía entonces que no se encuentra subordinado a ninguna autoridad para los efectos de sus resoluciones, las cuales tienen carácter vinculante, además de que los partidos políticos y el IEPC son considerados como sujetos obligados.
Sin embargo, en octubre, el Trife determinó por cuatro votos contra uno que el recurso de revisión debió haber sido resuelto por el propio IEPC y no por el Itei.
Ante el hecho, Jorge Gutiérrez Reynaga, titular del órgano de transparencia, recalcó que el IEPC “desconoció la autoridad del Itei” y por eso interpusieron una controversia constitucional ante la SCJN. Sin embargo, el máximo tribunal desechó la queja interpuesta y además consideró que el instituto violaba el artículo 105 constitucional al
exceder sus atribuciones por entablar dicha figura contra un órgano del poder judicial, por lo que impuso la sanción económica.
En la pasada sesión del pleno, Gutiérrez Reynaga dio cuenta al consejo del requerimiento de pago que emitió el Sistema de Administración Tributaria por esta situación y aseguró que la resolución servirá para determinar en un futuro, y de forma más simple, los alcances del organismo en cuanto al manejo de información electoral.
“Lo interesante es el dicho de que en temas electorales vas a cumplir con la transparencia siempre y cuando cumplas con el código electoral”, concluyó Gutiérrez.

La Jornada