Improcedente, el recurso que interpuso Emilio contra el Código Electoral: Monterde Ramírez - La Jornada Jalisco
Usted está aquí: sábado 16 de agosto de 2008 Política Improcedente, el recurso que interpuso Emilio contra el Código Electoral: Monterde Ramírez

Debió promover acción de inconstitucionalidad, pero carece de autoridad para ello, dijo

Improcedente, el recurso que interpuso Emilio contra el Código Electoral: Monterde Ramírez

El representante del PRI ante el IFE indicó que esperarán los términos del documento para emitir una opinión

RAUL TORRES

El anuncio del gobernador del estado, Emilio González Márquez, de que recurrirá a la controversia constitucional para echar atrás el financiamiento a los partidos políticos que autoriza la reforma electoral del estado, fue tomado con calma por el Partido Revolucionario Institucional, que prefiere esperar a ver qué tipo de recurso interpondrá el mandatario, pues –asegura José Luis Monterde Ramírez, representante del tricolor ante el IFE– no es autoridad competente para promover una acción de inconstitucionalidad.

“Vamos a esperar los términos de la controversia para emitir una opinión; en tanto no conozcamos los términos de la controversia, el partido, como ya lo hizo Javier Guízar, sigue haciendo un llamado al diálogo al gobernador y a los distintos poderes del estado”, dijo.

Externando la postura oficial del PRI, Monterde Ramírez señaló que, como tal, la controversia constitucional contra la reforma electoral del estado es un recurso improcedente, ya que lo que se debería promover es una acción de inconstitucionalidad.

“Contra temas electorales, la controversia constitucional es improcedente, como lo señala el artículo 105 de la Constitución Federal; procede la acción de inconstitucionalidad, pero ésta no está al alcance del gobernador”, refirió.

Explicó que esta acción sólo la pueden presentar una tercera parte del Congreso del Estado, el procurador general de la República o el dirigente nacional de un partido.

Recordó que el argumento del Ejecutivo para oponerse a la reforma sigue siendo el financiamiento a los partidos políticos y respecto a ello aseguró que la fórmula que se aplicó no es ilegal ni incurre en alguna contradicción constitucional.

“En el artículo sexto transitorio del paquete de reformas de noviembre del año pasado de la Constitución federal, se establece la obligación de que los Congresos de los estados adecuen en los mismos términos sus propias Constituciones”, afirmó.

Recordó que de acuerdo con el mandato de los artículos 41 y sexto transitorio de la Constitución federal, los estados tienen un lapso de un año para homologar sus Constituciones estatales en esta materia, por lo que si en otros estados se está haciendo de forma diferente, no implica que lo que se hace en Jalisco contravenga la ley.

 
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